CASO WONG HO WING VS PERÚ

 1. HECHOS 

El ciudadano chino Wong Ho Wing se encontraba requerido a nivel internacional por la INTERPOL por los delitos de cohecho, lavo de activos. 
Fue detenido en el año 2008 en el aeropuerto José Chávez de Perú, en ese entonces estos dos Estados tenían un tratado de extradición, estos delitos en China son condenados a pena de muerte por tanto se plantea si se encontraban vulnerando los derechos del ciudadano al otorgarle la pena de muerte. 

El día 30 de octubre de 2013, se somete a decisión de la Corte esa interrogante. 


En Perú la extradición requería 2 instancias tanto una por el poder ejecutivo, quien debía brindar el informe y luego la intervención de la Sala Suprema Peruana para establecer una resolución consultiva, esta Sala la emitió en un plazo de 20 meses respecto de la extradición del señor Wong, en donde planteó que si se encontraban vulnerando el derecho a la vida y el derecho a la integridad personal, por esta razón se presenta una solicitud a la Comisión y a su vez un Habeas Corpus. 


En China se presentaron garantías para la no vulneración de estos derechos.

2. CONSIDERACIONES 

La Comisión realizó una medida provisional la cual consistió en abtenerse de ordenar la extradición hasta que la Corte resolviera el caso.
En este caso se habla de la violación de 3 derechos: Derecho a la vida e integridad personal, en tal caso aún cuando Perú debía proteger el derecho, la Corte plantea que para que exista vulneración debe haber un riesgo real y personal y por ende se deben adoptar las garantías chinas.

Respecto a la vulneración de las garantía judiciales, la Corte establece no existía un riesgo cierto y real debido al cambio normativo realizado en China donde ya no se aplicaba la pena de muerte.

Se cuestiona por parte de la Comisión el plazo que se tuvo debido a que no fue uno razonable, violándose este derecho, la Corte si da la razón en este caso por haberse alargado más de 6 años donde no se resolvía el caso del señor Wong y el seguía encontrándose privado de la libertad. 

En el derecho a la libertad personal, debido a que el señor Wong estuvo privado más de 6 años sin resolverse algo por parte del Estado peruano.

La víctima por el contrario si agotó los recursos internos como los habeas corpus, pero este no hace parte del proceso regular de extradición y por ende no se estaría vulnerando el derecho al acceso de justicia.


3. DECISIÓN

Decide que el Estado tiene la plena posibilidad de actuar debido a que no encuentra que si se haya vulnerado el derecho a la vida e integridad personal del señor Wong Ho Wing.

4. SENTENCIA



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